sábado, 14 de marzo de 2015

¿Qué valor probatorio tiene un expediente administrativo de la Agencia Tributaria?

¿Qué valor probatorio tiene un expediente administrativo de la Agencia Tributaria?
En los supuestos en los que la Administración Tributaria realiza un expediente administrativo cuando observa algún indicio de delito, el mismo se utiliza de dos maneras. Por un lado, permite el inicio del proceso penal en tanto en cuanto tiene el carácter de una denuncia, ya que en el mismo se hacen constar los hechos que podrían lugar al reconocimiento de un delito. Además, durante el transcurso del proceso y, en concreto, en el desarrollo del juicio oral, el expediente realizado por el órgano administrativo será utilizado como documento de prueba. 

Respecto al papel como prueba de un expediente administrativo, hay que tener en cuenta que sobre ella rige la libre apreciación del Juez como en el resto de pruebas documentales o periciales que intervienen en un proceso penal, al contrario de lo que ocurre en uno administrativo, en el que los expedientes y diligencias realizadas por un órgano administrativo se presumen como ciertas.

En los delitos de ámbito económico, es más que habitual que se remita como prueba bien al Ministerio Fiscal o directamente al órgano judicial expedientes de este tipo en el que se hace constar la información más especializada o que obra en poder de la Administración.

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