jueves, 26 de marzo de 2015

Delito de tráfico de influencias

Delito de tráfico de influencias
Dentro de las acciones delictivas que se recogen en el Título dedicado a los delitos contra la administración pública, se encuentra el delito a través del cual se castiga el tráfico de influencias.

Como en el resto de delitos previstos en este Título, el objetivo del legislador es proteger el buen funcionamiento de la administración pública. En concreto, mediante la consideración del tráfico de influencias como delito se protege que el principio de objetividad que rige como pilar en nuestra Administración para defender los intereses generales se respete adecuadamente.

La conducta tipificada en el artículo 428 es la cometida por un funcionario público o autoridad que influye en otro funcionario público o autoridad valiéndose de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste o cualquier funcionario o autoridad con la finalidad de conseguir una resolución que le pueda generar un beneficio económico para sí o para un tercero de forma directa o indirecta.

Tanto el sujeto activo como el pasivo de la conducta deben revestir la condición de funcionario público o autoridad, el primero que de forma dolosa influye en el segundo valiéndose de su posición o cargo.

0 comentarios:

Publicar un comentario

AVISO LEGAL · LSSI · POLÍTICA DE COOKIES · POLÍTICA DE PRIVACIDAD


Este sitio emplea cookies como ayuda para prestar servicios. Al utilizar este sitio, estás aceptando el uso de cookies. OK Más información