Fraude y desviación del fin de las subvenciones

La primera es la obtención fraudulenta de una subvención, cuando se produce el falseamiento de las condiciones requeridas o bien se oculta una condición que hubiera dado lugar a que no se concediese. La subvención tendrá que ser superior a 120.000€ y esto marca el límite entre la infracción administrativa y el delito.
La segunda es la malversación de una subvención obtenida de manera adecuada. Esto supone que el dinero que debía destinarse a una cosa, se destina para hacer otras. Esta malversación tiene dos presupuestos: tiene que haber un previo acto administrativo válido y el pago efectivo de esa cuantía superior a 120.000 € que ha sido desviada. Se consuma en el último momento en el que el agente, pudiendo aún dar el debido destino a la atribución patrimonial y cumplir la carga jurídica asumida, no da a la subvención el destino para el fin. Se produce entonces el resultado.
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